Nueva normativa europea en los embargos a las empresas en concurso de acreedores
16 de julio de 2019
Nueva normativa europea en los embargos a las empresas en concurso de acreedores
Se ha publicado en el Diario Oficial de la UEE, la Directiva sobre Insolvencia empresarial que armoniza los marcos de reestructuración preventiva; la segunda oportunidad para los empresarios; y medidas para aumentar la eficacia de los procedimientos de condonación, insolvencia y reestructuración, que fue aprobada por el Parlamento Europeo el pasado mes de marzo.
Dicha directiva europea amplía el plazo de protección de empresas en quiebra, a las que se impondrán planes preventivos de reestructuración. Así las empresas acogidas a las leyes concursales o bajo la ley de segunda oportunidad, con problemas financieros, podrán suspender cualquiera de las ejecuciones singulares que tengan en trámite, como embargos, ejecuciones judiciales, intervenciones tributarias, etc… algo que sin duda ayudará en las negociaciones de un «plan preventivo de reestructuración», actualmente la duración es de cuatro meses y a partir de ahora podría ampliarse hasta un año.
Otro cambio significativo es que los empresarios endeudados o con problemas de impagos sólo necesitarán tres años para acceder al procedimiento de plena exoneración de deudas, en vez de los cinco de la legislación actual.
También resulta interesante la aprobación de un sistema de alertas que permitirá detectar circunstancias que puedan provocar una insolvencia inminente, advirtiendo al deudor de la necesidad de actuar sin demora: falta de pago de deudas específicas; servicios públicos de orientación; incentivos a asesores privados, etc.
Los países miembros tendrán dos años, hasta el 26 de junio del 2021, para aplicar las nuevas disposiciones, aunque, en casos debidamente justificados, podrán solicitar un año más para su aplicación. El Gobierno español tendrá de margen hasta el 27 de junio de 2021 para terminar con todos los trámites, aunque cualquier modificación del texto original tendrá que presentarse antes del 17 de enero del 2021.
El Consejo General de Economistas, a través del Registro de Economistas Forenses (REFOR) ha destacado que la norma intensifica los aspectos económico-empresariales de la insolvencia; facilitando una resolución más rápida y eficiente, y da más peso a la segunda oportunidad al reducir el plazo de condonación.
Desde el REFOR señalan que el objetivo es «facilitar las negociaciones sobre los planes de renovación y la suspensión de las ejecuciones singulares». Reducir los créditos fallidos y los préstamos NPLs, conocidos como de «cartera vacía», refinanciados o retrasados de mutuo acuerdo, y suprimir los obstáculos que impiden el flujo de la inversión transfronteriza, que facilitaría las fuentes de financiación especialmente a las pymes, son otros aspectos regulados en esta nueva ley.
Así mismo manifiestan su preocupación por el hecho de que se hayan mantenido posibles excepciones para el crédito público (Seguridad Social, impuestos) manteniendo los privilegios que tienen actualmente en España.
Con respecto a las micros y pymes, que en Europa representan el 99,8 %, si bien la nueva norma ha mejorado su contenido, sigue faltando un capítulo dedicado específicamente a este sector.