El TJUE considera que el cálculo de la pensión de los trabajadores a tiempo parcial en España es sexista
16 de mayo de 2019
El TJUE considera que el cálculo de la pensión de los trabajadores a tiempo parcial en España es sexista
La corte europea cree que el sistema español resta más de lo debido al importe de sus jubilaciones. En España se calcula el importe de la pensión de jubilación de los trabajadores a tiempo parcial multiplicando una base reguladora (que se determina teniendo en cuenta los salarios y las cotizaciones pagadas) por un porcentaje que depende del periodo de cotización y al que se le aplica un coeficiente de parcialidad.
Es ese coeficiente de parcialidad el que la el Tribunal de Justicia de la Unión Europea considera que no debería aplicarse, ya que al calcular los días de cotización ya se está teniendo en cuenta que el trabajador parcial ha aportado menos al sistema de pensiones que uno que esté contratado a tiempo completo.
El TJUE estima que le corresponde al Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León determinar si los datos de distribución de hombres y mujeres son «válidos, representativos y significativos». Fue este tribunal el que planteo la cuestión a la corte Europea, cuando una mujer española impugnó el cálculo que había hecho la Seguridad Social de su pensión en 2016, y la recurrió al TSJCL cuando su demanda fue desestimada.
Aunque concluye que la normativa española coloca en desventaja a las mujeres, siendo estas el 75% de los trabajadores a tiempo parcial en España, por lo que este cálculo de su jubilación puede dar lugar a una «discriminación indirecta por razón de sexo», contraria al derecho europeo. Por lo que debería «valorar modificar su legislación».
Además de que el actual cálculo de las pensiones de los trabajadores a tiempo parcial es incompatible con el artículo de la directiva de la CEE del Consejo de 9 de diciembre de 1978 que consagra el principio de igualdad de trato en materia de Seguridad Social.
Los expertos creen que la resolución Europea «pone fin a la discriminación de los trabajadores a tiempo parcial», advierten además que la excusa del Gobierno hasta ahora en que la aplicación de este coeficiente formaba parte del objetivo de política social del Ejecutivo de aplicar el principio contributivo a las cuantías de las pensiones, es decir, que fueran proporcionales al periodo de cotización. Sin embargo, Luxemburgo considera que el objetivo de contributividad ya se satisface adecuando la cuantía de las pensiones a las bases reguladoras.
El Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social ha anunciado el jueves pasado que revisará el cálculo de la pensión de jubilación en el trabajo a tiempo parcial para comprobar si hay discriminación, después de que el Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) lo haya planteado. En caso de que se demuestre un funcionamiento discriminatorio, incorporará medidas que corrijan esta anomalía con carácter general, tras consultar con los agentes sociales.
FUENTE: ADADE CENTRAL
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