Claves para optimizar la factura fiscal en la campaña de Sociedades
20 de julio de 2019
Claves para optimizar la factura fiscal en la campaña de Sociedades
Entre el 1 y el 25 de julio se celebra la campaña del Impuesto sobre Sociedades de 2018. Esta guía detalla las novedades normativas fiscales y contables, además del nuevo modelo de declaración, y ofrece algunos consejos.
Entre el 1 y el 25 de julio se celebra la campaña del Impuesto sobre Sociedades de 2018, en la que las empresas deben tener en cuenta algunas novedades.
1. Novedades normativas de la nueva campaña
En los Presupuestos de 2018 se modificó el incentivo conocido como patent box y el régimen de los pagos fraccionados. En el patent box se introduce el criterio del nexo para configurar un régimen preferencial de intangibles que no resulte perjudicial. Se suprimen conceptos sobre los que resultaba aplicable -como el derecho de uso o explotación de planos, fórmulas o procedimientos secretos, de derechos sobre informaciones relativas a experiencias industriales, comerciales o científicas-, y se incorporan los modelos de utilidad, certificados complementarios de protección de medicamentos y de productos fitosanitarios y software avanzado registrado.
En lo que atañe a los pagos fraccionados, se excluye a las entidades de capital riesgo de la obligación de efectuar el pago mínimo al que han de atender los contribuyentes cuyo importe neto de la cifra de negocios en los 12 meses anteriores a la fecha en que se inicie el periodo impositivo sea al menos de diez millones de euros. Además, se derogan obligaciones del productor para la deducción por inversión en cine. Y las empresas podrán marcar una casilla para que se destine parte de su declaración a fines sociales.
2. Cómo es el modelo de declaración
Desaparece el Programa de Ayuda Padis para cumplimentar el modelo 200. Se sustituye por un Formulario de Ayuda (Sociedades Web) para períodos impositivos iniciados a partir del 1 de enero de 2018.
3. Optimizar la factura fiscal
Las principales vías para optimizar la factura fiscal en Sociedades pueden aplicarse en el cierre del ejercicio, pero también cabe tener en cuenta algunas fórmulas que pueden plantearse en la declaración del impuesto. En lo que respecta a las bases imponibles negativas, según ha establecido el Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC) que depende de Hacienda y según aplica la Agencia Tributaria, la sociedad que decida compensarlas todas podrá realizar ampliaciones y modificaciones.
Si una sociedad decide compensar menos bases negativas de las disponibles, no podrá realizar modificaciones ni añadidos, ya que sólo podrá hacerlo en campañas posteriores. Lo mismo sucede con la libertad de amortización e incentivos relacionados con la creación de empleo y la I+D+i. El Consejo General de Economistas Asesores Fiscales (Reaf) ofrece una serie de recomendaciones. Si se ha realizado una operación a plazo, hay que asegurarse de que tiene este carácter y no olvidar el correspondiente ajuste contable negativo.
Creen que conviene cuadrar determinados parámetros de la declaración con otras como las presentadas por IVA o por retenciones. Instan a revisar los cargos y abonos a reservas realizados en el ejercicio, que pueden dar lugar a ajustes en esta declaración, a presentación de complementarias o a solicitudes de rectificación de autoliquidaciones anteriores. Recomiendan repasar los saldos de los créditos para ver si hay que provisionarlos o, si se ha hecho, la provisión es deducible. En caso de haber deducido antes de 2013 deterioros de participaciones de entidades que no cotizan, no llaman a analizar el importe que se tiene que revertir en 2018.
eserva de capitalización.
4. Nuevas normas contables aplicables
El Real Decreto-ley 27/2018 adapta la Ley del Impuesto sobre Sociedades (LIS) a la nueva regulación contable para entidades de crédito con origen en la Circular 4/2017 del Banco de España sobre normas de información financiera pública y reservada, y modelos de estados financieros. La modificación de la Norma de Información Financiera NIIF 9 permite que las variaciones de valor originadas por la aplicación del criterio del valor razonable se reclasifiquen en la baja del instrumento financiero a una partida de reservas. Se modifica el artículo 17.1 de la LIS con el fin de que las variaciones en reservas también tengan impacto en la base imponible.
Llega 'Sociedades Web'
Desde el 1 de julio, el programa de ayuda Padis para cumplimentar el modelo 200 de la declaración de Sociedades desaparece y no estará disponible. Se sustituye por un 'Formulario de Ayuda' ('Sociedades Web') para períodos impositivos iniciados a partir del 1 de enero de 2018. Según explica la Agencia Tributaria (AEAT), "con Sociedades Web no se tiene que descargar un programa, se trabaja directamente contra la web de la Agencia, como el actual formulario telemático de IVA". La AEAT sigue así el mismo proceso que con la campaña de la renta, en la que ha desaparecido el programa PADRE para la implantación definitiva de Renta Web, un sistema que posibilita la presentación de la declaración de la Renta por vía telemática y a través de varios dispositivos. En esta campaña, además, se ha dicho adiós al papel y se ha mejorado la cartera de valores.
Hitos de esta campaña
Novedad en la deducción por inversión en cine. En esta campaña entra en vigor una novedad normativa que afecta a la deducción por inversiones en producciones cinematográficas, series audiovisuales y espectáculos en vivo de artes escénicas y musicales por la que se derogan obligaciones que tenía el productor con efectos desde el 5 de julio de 2018.
El AJD de las hipotecas no será deducible. La banca es el contribuyente del AJD de las hipotecas desde el pasado noviembre en virtud de un decreto 'exprés' del Gobierno. Pues bien, la citada norma establece que las entidades financieras no podrán deducirse este nuevo gasto fiscal -creciente, pues las comunidades están subiendo el AJD- en Sociedades.
Las empresas pueden marcar la casilla de fines sociales. En esta campaña, entra en vigor la medida que permite a las empresas marcar la casilla de fines sociales. Se trata de la casilla 00073 (modelo 200) o la 069 (modelo 220), por la que destinarán el 0,7% de la cuota íntegra que declaren a financiar proyectos sociales, según estableció la Ley de Presupuestos de 2018.