La Seguridad Social incorpora un nuevo servicio para presentar alegaciones y solicitudes de recargo de las prestaciones económicas derivadas de AT y EP por falta de medidas de seguridad y salud laboral
La Seguridad Social ha puesto en marcha un nuevo servicio para los beneficiarios de las prestaciones derivadas de accidente de trabajo o enfermedad profesional, consistente en la presentación de alegaciones y solicitud de recargo de las prestaciones económicas derivadas de accidente de trabajo o enfermedad profesional, por falta de medidas de seguridad y salud laboral. El objetivo de este servicio es el de mejorar la prevención de riesgos y la protección de los trabajadores.
Los beneficiarios de las prestaciones podrán presentar alegaciones, mientras que las solicitudes de recargo van dirigidas directamente a aquellos que reciben las prestaciones. Para llevar a cabo estas solicitudes es necesario cumplimentar el modelo de solicitud correspondiente y adjuntar copia de los documentos que se detallan en las instrucciones del mismo.
Adicionalmente, para acceder con Usuario + Contraseña (Cl@ve permanente) se enviará un código vía SMS al número de móvil de la trabajadora. Y para asegurar un correcto trámite de la prestación es importante que la provincia de trámite sea aquella donde tenga su residencia. También es importante disponer de un software que permita cumplimentar y guardar la solicitud para posteriormente anexarla.
Por último, quienes actúen como representantes tendrán que adjuntar el modelo normalizado de representación o un documento válido que deje constancia de la representación. El tamaño total de la documentación a anexar no puede superar los 10 Mb.
Una vez completada la solicitud, el beneficiario recibirá un “acuse de recibo” en formato PDF. Si no se recibe el mensaje de confirmación o, en su caso, se recibe un mensaje de error o deficiencia de la transmisión, la presentación se deberá realizar en otro momento o a través de otros medios.
Este nuevo servicio contribuirá a que los trabajadores estén mejor protegidos y tendrán la posibilidad de recargar sus prestaciones en caso de que la empresa incumpla con las medidas de seguridad y salud laboral. De esta forma, la Seguridad Social se asegura de que el trabajador no se encuentra inmerso en ninguna causa de incompatibilidad que le impida percibir la prestación.
FUENTE: IBERLEY