El BOE del 8 de mayo ha publicado las modificaciones en los modelos de presentación de cuentas anuales individuales y colectivas para el año 2023. Estos cambios son obligatorios para las cuentas formuladas y aprobadas que se presenten en el Registro Mercantil después de la publicación de esta resolución.
Las modificaciones introducidas afectan a varios aspectos de los modelos Normal, Abreviado y PYMEs, así como las cuentas anuales consolidadas.
Se ha añadido información sobre el número de mujeres en lo órganos de gobierno y el total de miembros.
También se elimina la información sobre el porcentaje de mujeres, considerada redundante tras las reformas del año anterior.
Se incorporan test adicionales relacionados con la presencia de mujeres en el órgano de gobierno.
Se modifica el apartado 27 de la Memoria Normal para incluir datos sobre facturas y sus importes dentro del plazo legal contra la morosidad en las operaciones comerciales.
Se elimina la referencia a las “emisiones alcance 3” de la hoja medioambiental, que abarcan las emisiones indirectas de proveedores y clientes.
Similar al modelo normal, se actualiza el apartado 31 de la memoria, referido a la información sobre el pago a proveedores para incluir detalles específicos sobre el cumplimiento de los plazos de pago conforme la ley contra la morosidad.
Las empresas que opten por presentar las cuentas anuales consolidadas en el formato electrónico único europeo (ESEF) deberán cumplir con las especificaciones de la Taxonomía XBRL de la ESMA.
Los requisitos técnicos para la generación del fichero correspondiente están detallados en la ESEF Conformance Suite, que puedes consultar haciendo clic aquí.
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