El pasado 5 de agosto de 2024, se publicó en el BOE la Orden HAC/819/2024, de 30 de julio, que introduce cambios en el modelo 303 del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA). Estas modificaciones se realizan para adaptarse a las nuevas disposiciones legales, en particular a la Ley 13/2023, de 24 de mayo, que introduce la figura de la autoliquidación rectificativa, y al Real Decreto-ley 4/2024, de 26 de junio, que establece nuevos tipos impositivos y recargos de equivalencia.
La Orden HAC/819/2024 tiene como principal objetivo adaptar el modelo 303 para permitir a los contribuyentes declarar correctamente bajo las nuevas normativas.
Esta actualización del modelo se aplicará a las autoliquidaciones correspondientes a los periodos de liquidación que comienzan en septiembre de 2024 para los sujetos pasivos con liquidación mensual y en el tercer trimestre de 2024 para aquellos con liquidación trimestral.
La nueva figura de la autoliquidación rectificativa se establece como el procedimiento general para corregir errores en las autoliquidaciones del IVA, salvo en dos casos específicos:
Para implementar eficazmente la autoliquidación rectificativa en el modelo 303, se han introducido estas modificaciones clave:
La adaptación del modelo 303 es un paso crucial para garantizar que los contribuyentes puedan cumplir con sus obligaciones fiscales de manera correcta y eficiente bajo las nuevas normativas. Es esencial que las empresas y profesionales autónomos estén al tanto de estos cambios para evitar posibles errores en sus autoliquidaciones y garantizar la correcta aplicación de los nuevos tipos impositivos y recargos de equivalencia.
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