La Dirección General de Tributos concluye que en el pago de la cláusula de rescisión no exista una tributación efectiva del IRPF, con lo que evita así un sobrecoste fiscal en el movimiento de jugadores.
"Si el Paris Saint Germain quiere a Cristiano Ronaldo, que pague la cláusula". Así de tajante se mostró el presidente del Real Madrid, Florentino Pérez, ante los rumores que colocaban al portugués en el club francés. Además de por el estratosférico montante (1.000 millones de euros), el dirigente, como sus homólogos de la Liga Santander, sabía que sus implicaciones fiscales eran el antídoto perfecto ante equipos con ganas de robar a sus estrellas.
Sin embargo, una reciente resolución vinculante de la Dirección General de Tributos (DGT) acaba de complicar la estrategia defensiva de muchos equipos. "Desde este momento el mercado de fichajes ha cambiado positivamente para clubes compradores y negativamente para los que no estaban dispuestos a negociar el traspaso de sus futbolistas, amparándose en la cláusula de rescisión y en el peaje fiscal que suponía su pago", alerta Jorge Pecourt, socio del área financiero tributario de la oficina de Barcelona de Cuatrecasas, Gonçalves Pereira.
Rendimiento del trabajo
Hasta ahora se entendía que el dinero que recibía el jugador de su nuevo club para pagar su cláusula de rescisión y así romper el contrato era un rendimiento del trabajo sujeto al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), ya que el futbolista tenía su residencia fiscal en España el año en el que se producía su traspaso a otra escuadra, ya sea nacional o extranjera.
El ingreso que realizaba el jugador para marcharse "determinaba la existencia de una pérdida patrimonial de la base general del IRPF que no neutralizaba el ingreso obtenido", subraya el socio de Cuatrecasas. Una operación que, por tanto, estaba gravada a tipos que alcanzan en la actualidad hasta el 48%.
Precisamente, estos tipos impositivos tan altos llegaron a provocar casos tan curiosos, como el fichaje de Thiago Alcántara del F.C. Barcelona al Bayern de Munich. El club alemán optó por pagar 20 millones de euros, dos más de los 18 que marcaba su cláusula, ya que al tratarse de un traspaso estaba sujeto al 21% de IVA, pero evitaba abonar así más del doble en impuestos ligados al IRPF. Esos dos millones de diferencia ahorraban a Thiago -e, indirectamente, al equipo por entonces dirigido por Pep Guardiola- más del doble en impuestos.
El problema actual radica en que normalmente los fichajes de grandes estrellas se negocian en cifras netas. En las negociaciones previas, el representante del jugador exige ciertas cantidades y es el club el que de manera interna tiene que hacer sus cuentas para saber cuánto le va a costar realmente su nuevo crack.
Por este motivo, los equipos que hasta ahora trataban de pescar en el mercado de fichajes se lo pensaban dos veces antes de quedarse con un futbolista pagando su cláusula de rescisión. "Esto implicaba un sobrecoste enorme para el club de destino por cuanto tenía que elevar el importe de la cláusula al íntegro para que el jugador percibiera el líquido necesario para satisfacer el pago de la cláusula de rescisión", explica Carles Quindós, asociado principal del área financiero y tributario de Cuatrecasas en Barcelona.
Nuevas reglas de juego
Pero Hacienda ha cambiado las reglas de juego con la resolución vinculante de la DGT. Ahora mismo, la contratación de futbolistas vía cláusula de rescisión es la opción con menos carga impositiva, ya que ha dejado de ser objeto de tributación efectiva en el IRPF. En lo que respecta al IVA, la operación sigue estando exenta, ya que el pago por parte del futbolista para romper su relación laboral se considera una indemnización.
"La DGT ha optado por una solución finalista que pretende evitar algunas prácticas generalizadas en el sector, y que venían encaminadas a evitar la aplicación del IRPF a los traspasos de futbolistas, pero que abre la puerta a posibles interpretaciones expansivas en circunstancias equiparables", comenta Quindós, quien indica que, aunque habría que estudiar caso por caso, no es descabellado pensar que jugadores que hayan abonado su cláusula de rescisión en los últimos años reclamen a Hacienda todo el dinero que han pagado de más.
FUENTE: EXPANSION