El Boletín Oficial del Estado ha publicado el V Acuerdo por el Empleo y la Negociación Colectiva (AENC) que firmaron CCOO, UGT, CEOE y Cepyme el pasado 10 de mayo y en el que se recomienda a los negociadores de convenios colectivos un alza salarial global del 10% entre 2023 y 2025.
Sindicatos y empresarios declaran en este acuerdo su intención de
llevar a cabo en esos tres años "una política salarial que
contribuya de manera simultánea a la reactivación económica, a la creación de
empleo y a la mejora de la competitividad de las empresas españolas".
Así, las partes recomiendan subidas salariales del 4%
en 2023 y del 3% tanto para 2024 como para 2025, con una cláusula de revisión
salarial que, en caso de desviación de la inflación, podría implicar alzas
adicionales de hasta el 1% para cada uno de los años del acuerdo (2023-2025),
que se aplicarían al inicio del siguiente ejercicio.
Así, si finalizado este año, el IPC interanual de diciembre de 2023
fuera superior al 4% de subida salarial recomendada, se aplicará un aumento
adicional máximo del 1% con efectos desde el 1 de enero de 2024.
En el caso de 2024 y 2025, para los que se aconseja un alza salarial
del 3%, la cláusula de salvaguarda con ese 1% adicional se
activará cuando el IPC interanual de diciembre sobrepase el 3% y se aplicará al
año siguiente, es decir, el 1 de enero de 2025 y el 1 de enero de 2026,
respectivamente.
En todo caso, el acuerdo, que consta de 32 páginas, especifica que los
negociadores de convenios colectivos deberán tener en cuenta las circunstancias
específicas de su ámbito para fijar las condiciones salariales.
La idea, precisa el texto, es que las directrices contenidas en el
acuerdo puedan adaptarse en cada sector o empresa, cuyas situaciones son
"muy desiguales" en crecimiento, resultados o incidencia del salario
mínimo interprofesional (SMI), todo ello con el objetivo del mantenimiento y la
creación de empleo.
"Un avance en el crecimiento de los salarios donde la realidad
económica de los sectores y/o empresas lo permita, contribuirá a aumentar el
poder adquisitivo de las personas trabajadoras y a seguir mejorando nuestra
competitividad y con ello a preservar y crear empleo", defienden en el
acuerdo.
En lo que respecta a 2022, ejercicio que ha quedado fuera del acuerdo,
sindicatos y empresarios señalan que en los sectores y empresas donde aún no se
han cerrado sus convenios, se afrontarán las negociaciones "buscando
soluciones en base a la situación y la realidad de su propio ámbito".
Al mismo tiempo, los agentes sociales abogan por promover en los
convenios una "racionalización" de las estructuras salariales,
integrando los principios de transparencia retributiva y de igual retribución
por trabajos de igual valor.
A tal fin, consideran "deseable" ordenar y simplificar los
complementos salariales teniendo en cuenta la perspectiva de género. Asimismo,
instan a que los sistemas de retribución variable cuenten con criterios
objetivos y se establezca su peso en el conjunto de la retribución. Igualmente,
apuntan que se podrán tener en cuenta fórmulas de retribución flexible en
la negociación colectiva.
Reforma
laboral
Las recomendaciones en materia de contratación que hacen los agentes
sociales en el V AENC están directamente ligadas a la reforma laboral que
acordaron con el Gobierno.
De este modo, tras constatar los "buenos resultados" de
la reforma laboral hasta la fecha, consideran que los
convenios colectivos deben contribuir a seguir en esta dirección fomentando la
estabilidad en el empleo y el uso adecuado de las modalidades contractuales,
desarrollando los distintos llamamientos que la norma hace a la negociación
colectiva.
Así, por ejemplo, en lo que respecta a los fijos-discontinuos,
aconsejan desarrollar a través de los convenios colectivos "toda la
virtualidad de este contrato", regulando aquellos aspectos que permitan
una mejor adaptación a las necesidades de los trabajadores, los sectores y las
empresas, "incluida la habilitación para que las empresas de
trabajo temporal (ETT), puedan realizar contratos fijos-discontinuos para
la cobertura de posiciones temporales de la empresa usuaria".
Con el propósito de mantener un sistema de contratación que genere
estabilidad, los agentes sociales consideran que el contrato a tiempo parcial
indefinido puede ser una herramienta adecuada para atender las necesidades de
flexibilidad de empresas y trabajadores.
Al mismo tiempo, apuestan por que la negociación colectiva impulse
la contratación de jóvenes y personas en transición en el empleo,
promoviendo los contratos formativos y la formación dual como vía de inserción
y recualificación.
Jubilación
parcial y el contrato de relevo
CCOO, UGT, CEOE y Cepyme sostienen en el acuerdo que la jubilación
parcial y el contrato de relevo "deben seguir siendo un instrumento
adecuado para el mantenimiento del empleo y el rejuvenecimiento de las
plantillas".
A tal fin, señalan que los convenios colectivos podrán reconocer el
acceso a la jubilación parcial con contrato de relevo de acuerdo con la
normativa que le sea de aplicación, e impulsarán, en su caso, los mecanismos
para su puesta en marcha en cada uno de los sectores y empresas, en función de
sus circunstancias y características propias.
Igualmente, defienden, se potenciarán desde los convenios fórmulas de
jubilación gradual y flexible para facilitar el tránsito desde la vida activa
al retiro laboral.
Asimismo, las partes instan al Gobierno a negociar en el diálogo social
la reforma de la jubilación parcial, tal y como comprometió el Gobierno en la
última reforma de pensiones.
Recursos de
las mutuas para mejorar los procesos por IT
En el acuerdo, las partes apuestan por analizar la evolución de los
indicadores de incapacidad temporal (IT) derivada de contingencias
comunes y por establecer medidas de actuación que mejoren la salud de los
trabajadores y logren reducir la frecuencia y duración de dichos procesos.
Entre otras medidas, abogan por un mejor aprovechamiento de los
recursos de las mutuas, "sin modificar las actuales competencias de los
servicios públicos de salud", para mejorar los tiempos de espera, la
atención sanitaria de los trabajadores y reducir las listas de espera en el
sistema público.
Para ello, instan a las administraciones con competencias en la materia
a desarrollar convenios con las mutuas para realizar pruebas diagnósticas y
tratamientos terapéuticos y rehabilitadores en procesos de IT por contingencias
comunes de origen traumatológico.
Las partes también apuestan por desarrollar en la negociación colectiva
el acuerdo del teletrabajo y por promocionar los planes de
pensiones de empleo; reconocen el derecho a la desconexión digital fuera de la
jornada laboral; defienden los ERTE como mecanismo alternativo a la destrucción
de empleo, y comparten la necesidad de promover la igualdad real entre hombres
y mujeres, la prevención de las violencias sexuales y la cultura de la
prevención de riesgos laborales, así como de favorecer centros de trabajo
integradores para las personas LGTBI.
Los agentes sociales también ponen "deberes" al Gobierno en
este acuerdo. Así, le emplazan a adaptar la actual normativa de revisión de
precios en los contratos públicos para permitir su actualización en
determinadas situaciones.
"Las personas trabajadoras y las empresas que participan en la contratación pública en los sectores intensivos en mano de obra no pueden ser de nuevo los paganos de una norma que impide de facto revisar precios y, con ello, salarios, incluso en situaciones extremas como las actuales", sostienen.
FUENTE: EL DERECHO
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