Desde que comenzó la crisis económica, las pymes y los autónomos se encuentran cada vez más a menudo con la desagradable situación de tener que enfrentarse a retrasos o impagos de facturas por parte de sus clientes. A pesar de la aparente desprotección que sufre este colectivo ante los impagos, existen fórmulas para recuperar el dinero.
Según publica el abogado mallorquín Daniel Martínez en abogalista.com, existen dos procedimientos rápidos para exigir al cliente la devolución de los importes debidos. En el caso de que se haya firmado un contrato, se puede acudir al Proceso Monitorio, por el cual se puede reclamar cualquier cantidad de dinero presentando ante el Juzgado correspondiente un formulario normalizado que se puede descargar en la página web del Consejo General del Poder Judicial.
Si el deudor no se opone al proceso y la cantidad debida es inferior a 2.000 euros, se puede ejecutar directamente la sentencia sin necesidad de disponer de abogado ni procurador. Si, por el contrario, la suma es superior a 2.000 euros si hará falta contar con ambos profesionales parar iniciar el proceso. El deudor podrá oponerse a la petición de deuda, pero sólo lo hará si tiene motivos, ya que, si no es así, se le podrá reclamar además el pago de las costas del proceso. Cuando existe oposición y la cantidad es inferior a 6.000 euros se puede acudir a un juicio verbal, cuya tramitación es más rápida que la de un juicio ordinario.
En el caso de que se haya firmado una letra de cambio, un cheque o un pagaré, lo más recomendable es acudir al Juicio Cambiario. Este procedimiento es aún más ágil que el anterior, ya que el Juzgado despacha su ejecución de forma automática, sin necesidad de solicitarla. El deudor dispondrá de un plazo de 10 días para saldar la deuda y, si no lo hace, el Juzgado procederá directamente al embargo preventivo de sus bienes. Para iniciar este proceso, sea cual sea la cantidad a reclamar, sí es necesario disponer de abogado y procurador.
FUENTE: CINCO DIAS