Características, requisitos y contratos de los autónomos TAED o TRADE.
El autónomo TAED es el trabajador autónomo económicamente
dependiente. También denominado TRADE, según se define en el
artículo 11 del Estatuto del Trabajo Autónomo, es aquel profesional que realiza
una actividad económica o profesional a título lucrativo y de forma habitual,
personal, directa y predominante para una persona física o jurídica, denominada
cliente, del que dependen económicamente por percibir de él, al menos,
el 75 por ciento de sus ingresos por rendimientos de trabajo y de
actividades económicas o profesionales. Es decir, que el 75% de los ingresos
que recibe son de un solo cliente.
Esta figura de trabajador autónomo seguirá vigente en 2023 con la
entrada del nuevo sistema de cotización. Vamos a ver cómo funciona, qué
requisitos tiene y cómo se realizan contratos con este tipo de trabajadores por
cuenta propia.
Estos profesionales no son falsos autónomos, como algunos
creen, porque están estipulados como TAED o TRADE de manera perfectamente
legal, y el 25% restante pueden tener los clientes que consideren. Esta figura
de autónomo económicamente dependiente está registrada como tal de manera
legal, y tiene, de hecho, una serie de requisitos y características propias
para ser considerados como tal.
Requisitos
de los TAED
Esta figura ha de cumplir una serie de requisitos y
obligaciones registradas por ley, y que exponemos a continuación.
Contrato
TAED
Este contrato es la única manera de ofrecer a los autónomos seguridades
laborales, pero, además, es obligatorio de hacer y registrar cuando se
va a prestar servicios a una empresa de manera habitual y con la
condición de TAED. Por ello, este contrato deberá contener la siguiente
información:
Registro de
contratos de trabajadores autónomos económicamente dependientes
Para registrar un contrato de un TAED puede hacerse de manera
totalmente telemática. A través del registro, se establece la actividad que
va a realizar el trabajador autónomo económicamente dependiente y las
condiciones de la prestación.
Este registro se realiza en la web oficial del Servicio Público de
Empleo Estatal (SEPE), concretamente en “contratos” y a continuación, en TAED o
TRADE.
El registro lo puede realizar el propio trabajador autónomo
económicamente dependiente, la empresa cliente o, en su caso, los profesionales
colegiados que actúen en representación de terceros. En cualquiera de los
casos es preciso disponer de Certificado Digital o DNI electrónico.
Una vez se accede, el sistema va indicando qué se debe hacer para que
el contrato quede debidamente registrado y legalizado.
En la misma web oficial del SEPE se puede descargar primero un modelo de contrato TAED, para que este cuente con la información y las cláusulas requeridas.